NORMATIVA
- ► Orden Foral 122/2010, de 19 de julio, por la que se regula la implantación y organización de la Formación Profesional a distancia en línea del sistema educativo en Navarra (BON nº 96 de 09/08/2010).
- ► Orden Foral 21/2019, de 21 de marzo, de la consejera de Educación, por la que se regula la evaluación, titulación y acreditación académica del alumnado de grado medio y de grado superior de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra (BON nº 71 de 11/04/2019).
- ► Decreto Foral 207/2011, de 14 de septiembre, por el que se establecen la estructura y el currículo del título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (BON nº 226 de 15/11/2011).
- ► Decreto Foral 203/2011, de 14 de septiembre, por el que se establecen la estructura y el currículo del título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (BON nº 216 de 31/10/2011).
ORIENTACIONES GENERALES
- Ciclo oficial de formación profesional de grado superior de dos cursos de duración estimada. El CI Politécnico Estella lo ofrece en formato ONLINE.
- El formato ONLINE difiere en algunos aspectos del formato presencial, disponiendo de calendarios, periodos de evaluación, metodología, requisitos de acceso y de admisión diferentes a los ciclos presenciales.
- Puedes encontrar la información general respecto a los aspectos pedagógicos, plazos de admisión y matriculación de la FP ONLINE de Navarra en el siguiente enlace: https://www.educacion.navarra.es/web/dpto/formacion-profesional/fponline-adistancia
- Como aspectos generales a destacar, serían que los ciclos online están basados en una oferta/matrícula modular y no de curso completo. Debido a la carga de trabajo recomendada para cada módulo, y la extra que supone una enseñanza online, se recomienda cursar un máximo de 4 módulos anuales, aunque el máximo permitido sean de 6 asignaturas por año escolar.
- Los módulos que configuran el currículo de DAM en Navarra, y su carga lectiva asociada son los siguientes: Carga lectiva DAM recomendada
- Los módulos que configuran el currículo de DAW en Navarra, y su carga lectiva asociada son los siguientes: Carga lectiva DAW recomendada
RECOMENDACIONES GENERALES
- Conocimientos mínimos/deseables para ciertas asignaturas: Consultar documento
- Consulta el calendario de admisión, inscripción y matriculación del próximo curso.
PREGUNTAS FRECUENTES
Puedes consultar el apartado de preguntas frecuentes en la web del CI Politécnico Estella.
CONVALIDACIONES
- Módulos del Ministerio de Educación y FP
- ► Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional.
- ► Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
- Módulos propios de Navarra (Inglés)
- Convalidación de los módulos transversales de FOL y Empresa
- Consultar la normativa vigente
- Anexos del RD 1085/2020
- Para saber más (Convalidaciones LOE-LOE / LOE-LOGSE / LOGSE-LOGSE)
- Convalidaciones de Universidad a FP
- El proceso es diferente. Se tramita desde el propio centro educativo al inicio del curso, y se solicita en el Ministerio de Educación. La convalidación no es un proceso automático. Es un proceso en el que el resultado se demora normalmente hasta mediados de marzo.
- Requisitos:
- Programas formativos implicados en la convalidación, sellados por la universidad que expidió el título.
- Otras casuísticas:
- Se deberá consultar la web www.todoFP.es o preguntar directamente en las oficinas del centro educativo.
FCT (Formación en Centros de Trabajo)
NORMATIVA
- ► Orden Foral 45/2009, de 2 de abril, por la que se regula el desarrollo del módulo de Formación en Centros de Trabajo, integrado en las enseñanzas de Formación Profesional.
- ► Orden Foral 34/2013, de 5 de abril, que modifica la Orden Foral 45 / 2009.
¿QUÉ ES LA FCT?
- Es un módulo obligatorio en la F.P. específica
- Se desarrolla en la empresa
- Implica la realización de actividades productivas en un entorno de trabajo real
- Las actividades se programan previamente
- Los estudiantes están asesorados por dos tutores, uno del centro y otro de la empresa
- Constituye un elemento de contraste externo de la calidad de la formación profesional
- La FCT se realiza en aquellas empresas en las que se puedan desarrollar adecuadamente las actividades establecidas para este módulo.
- La jornada formativa de los estudiantes será similar a la jornada laboral del personal que trabaja en la empresa
- No supone una relación laboral estudiante-empresa
- Puede rescindirse por cualquiera de las partes
- Está basado en un programa formativo que el estudiante tiene que realizar en el periodo de estancia en la empresa.
- Existe un acuerdo entre el centro Educativo (Departamento de Educación) y la empresa, en el que el alumnado está asegurado frente a:
- Accidentes en la empresa
- Responsabilidad Civil
Requisito general: Para poder matricularse en la FCT, el alumnado tiene que cumplir en alguno de los siguientes casos:
- Todas las otras asignaturas (excepto el proyecto) superadas y/o convalidadas.
- Tener todos los módulos superados y/o convalidados, a excepción de algunos de los siguientes: Módulos de idioma, Empresa e Iniciativa Emprendedora y Formación y Orientación Laboral, siempre y cuando las horas de estos módulos pendientes a superar no sea mayor de 300 horas.
Para superar la FCT, es necesario realizar 350 horas de prácticas en una empresa.
¿CÓMO SE ASIGNA/ENCUENTRA LA PRÁCTICA?
El tutor se encarga de encontrar una empresa acogedora. El estudiante puede comentar sus “preferencias” pero no se pueden exigir lugar, horarios, fechas de inicio y fin…
El CI Politécnico Estella ya tiene convenios con ciertas empresas (la mayoría en Pamplona), aún así, el estudiante puede comentar a principio de año (a partir de septiembre) posibilidades-preferencias para que se tengan en cuenta en la medida de lo posible para hacer la búsqueda de empresas. Según la empresa, puede haber facilidades horarias y/o de calendario (fecha inicio y fecha fin) y/o de tipo de jornada, pero siempre lo decide la empresa.
El alumnado puede también participar en la búsqueda en el caso de tener contactos privilegiados o conocimientos de posibles empresas.
SOLICITUD DE EXENCIÓN:
Es posible solicitar la exención (convalidación) de las prácticas en la empresa. Para ello, se deben de cumplir ciertos requisitos mínimos:
- Tener experiencia previa de al menos 1 año en jornada completa en un puesto de trabajo en dónde se realicen tareas similares.
- Justificación mediante la vida laboral de la experiencia previa mencionada.
- Carta o informe con las tareas desempeñadas detalladas en el puesto de trabajo.
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Existen unos plazos para realizar las solicitudes de exención de las FCT. Normalmente una es a principios de año, y la segunda a mediados de abril. Consulta el anexo 4 de las instrucciones y el calendario de curso del próximo curso.
FCT DUAL
La FCT DUAL tiene claras diferencias respecto a la FCT “tradicional”.
En la FCT Dual es la empresa la que evalúa parte de los Resultados de Aprendizaje del estudiante, por lo que para poder cursarla, es necesario tener módulos sin superar, en el momento de realizar la formación en la empresa.
El CI Politécnico Estella establece una normativa interna para estos casos, estableciendo en 2 los módulos técnicos máximos que el estudiante puede tener sin superar para poder acceder a esta modalidad de FCT.
La duración de la FCT también es diferente, ya que en esta modalidad el alumnado tendrá que realizar un total de 670h. en la empresa.
Durante ese periodo que dure la formación dual, el estudiante cotizará en la Seguridad Social.
El reglamento de FCT Dual establece que el estudiante pueda recibir alguna ayuda económica a modo de becas por parte de la empresa. Sin embargo, no se establece la obligatoriedad de la misma, ni la cuantía mínima o máxima.
El programa formativo de la FCT Dual es personal para cada estudiante, y se establece y pacta con el alumnado y la empresa antes de realizar las prácticas.
En el caso de tener más demanda entre los estudiantes que empresas interesadas, se establecerá una selección entre el alumnado. Esta selección puede ser dirigida y coordinada por la empresa, o por el centro educativo.
Los estudiantes interesados en la modalidad de FCT DUAL deberán de comentar su interés para realizar esta modalidad de prácticas en empresa cuanto antes al centro educativo, para ver la disponibilidad de las empresas interesadas a acoger alumnado en modalidad DUAL.
PROYECTO
Requisito general: Para matricularse en el módulo de Proyecto, todos los módulos (excepto FCT) tienen que ser superados y/o convalidados.
NORMATIVA
- ► Orden Foral 45/2009, de 2 de abril, del Consejero de Educación, por la que se regula el desarrollo del módulo de Formación en Centros de Trabajo, integrado en las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
PROCESO
El desarrollo consta de 2 fases:
- Propuestas:
- El alumnado puede presentar propuestas. En ese caso, tendrán que ser validadas y aceptadas por el equipo docente al cargo. Dichas propuestas deberán incluir los RA estudiados a lo largo del ciclo.
- En el supuesto de que el estudiante no presente ninguna propuesta, puede acogerse a la propuesta que realice del centro.
- Se puede consultar la programación del módulo en el siguiente enlace.
- Defensa:
- Después del trabajo individual (o por grupos, dependiendo de la naturaleza de la propuesta), se realizará una defensa del proyecto realizado, mostrando y explicando la solución propuesta, los problemas y soluciones encontradas, y respondiendo a los turnos de preguntas del equipo docente asignado para evaluar cada proyecto.
TITULACIÓN
Tras superar los últimos módulos obligatorios (FCT y Proyecto), el estudiante podrá titular y solicitar el título oficial. El trámite para ello consiste en cumplimentar un formulario y pagar la tasa en oficina:
En el centro se puede pedir un documento del expediente académico y el justificante del título, que será útil mientras se tarda en hacer el título “oficial” (preguntar en oficina plazos). Se aconseja preguntar antes de venir a secretaría para asegurarse que ya tienen estos documentos preparados.
ANULACIÓN DE MATRÍCULA Y RENUNCIAS A LA CONVOCATORIA
Las acciones, casuísticas y derechos que regulan la “anulación de matrícula” y la “renuncia a las convocatorias de la evaluación”, queda recogido en la siguiente normativa:
► Orden Foral 21/2019, de 21 de marzo, de la consejera de Educación, por la que se regula la evaluación, titulación y acreditación académica del alumnado de grado medio y de grado superior de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra (BON nº 71 de 11/04/2019 – CAPÍTULO VI).
Articulo 23. ANULACIÓN DE MATRÍCULA
Anulación de oficio
En la modalidad ONLINE se establece la posibilidad de la renuncia de matrícula de oficio por parte del centro educativo, si el estudiante no se presenta en la plataforma oficial Moodle en los 15 primeros días hábiles de inicio de curso.
Tal y como se indica en el Art.23, punto 2 de la mencionada OF, esta anulación de matrícula se corresponde con la ‘rescisión de matrícula’, conllevando la pérdida del derecho a la enseñanza, evaluación y calificación de todos los módulos profesionales en los que se encuentre matriculado el alumnado, y el de reserva de plaza. Por lo que si desea continuar con los estudios, deberá concurrir de nuevo al procedimiento de admisión correspondiente.
Esta anulación computará a efectos del número de convocatorias de evaluación consumidas.
Anulación de matrícula por parte del alumnado
Este procedimiento lo puede iniciar el alumnado, siempre que se acredite la concurrencia de determinadas circunstancias:
- Enfermedad prolongada (tanto del estudiante como de familiares hasta el 2º grado de consanguinidad)
- Obligación de tipo familiar
- Actividad profesional, deportiva o artística
- Tener la calificación de deportista de alto nivel o alto rendimiento de acuerdo con la normativa en vigor.
- Otras circunstancias de carácter extraordinario
Excepcionalmente se podrá solicitar la anulación de matrícula una segunda vez.
Esta anulación NO computará a efectos de convocatorias consumidas.
Baja voluntaria de matrícula
Se podrá solicitar la anulación de matrícula, aún cuando no concurran las circunstancias mencionadas en el apartado de ‘Anulación de matrícula’. Esta anulación de matrícula se corresponde con una ‘Baja voluntaria de matrícula’.
La baja voluntaria supone la renuncia de todos los módulos en los que el alumnado estuviera matriculado.
Esta baja voluntaria SI computará a efectos de convocatorias consumidas, en función de la fecha en la que se realice la solicitud de la baja voluntaria.
- Si la baja se solicita antes del 31 de diciembre del año de inicio del curso, la baja voluntaria NO computará a efectos de convocatorias de evaluación ordinarias.
- Si la baja se solicita con posterioridad a la fecha señalada, la baja voluntaria SI se computará a efectos de convocatorias consumidas.
Artículo 24. RENUNCIA A LA CONVOCATORIA DE LA EVALUACIÓN
La renuncia a la convocatoria supone la NO evaluación final de uno o varios módulos, sin que ello implique la anulación de matrícula.
Como normal general, se podrá solicitar una sóla vez la renuncia de evaluación final de hasta 4 módulos por curso académico, excepto para el alumnado que se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
- Enfermedad prolongada (tanto del estudiante como de familiares hasta el 2º grado de consanguinidad)
- Obligación de tipo familiar
- Necesidades específicas de apoyo educativo
- Conciliación del aprendizaje con la actividad laboral, deportiva o artística
- Condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento de acuerdo con la normativa en vigor.
- Concurrencia con el procedimiento de acreditación de la competencia profesional.
- Otras circunstancias de carácter extraordinario
Excepcionalmente se podrá solicitar la renuncia a la convocatoria de evaluación una segunda vez.
La solicitud de la renuncia de la convocatoria de evaluación deberá realizarse con una antelación mínima de 2 meses a la sesión de evaluación final. Se podrá considerar la renuncia en un plazo inferior cuando ocurran circunstancias excepcionales.
Dicha renuncia afectará únicamente a la convocatoria del módulo (o los módulos) para la que ha sido concedida.